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es legal grabar una conversacion

¿Es legal grabar una conversación?

Autor: e-bogados 24/03/2021
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Ahora que oímos hablar tanto de Villarejo y sus conversaciones grabadas se filtran día sí y día también, es normal que surjan dudas sobre este tipo de conductas. En realidad, todos podríamos hacer lo mismo, porque gracias a la tecnología no hace falta que tengamos un dispositivo espía, nuestro móvil es más que suficiente para grabar una conversación. Por eso nos preguntamos, ¿es legal grabar una conversación?

Legalidad de grabaciones hechas sin consentimiento

Está claro que si avisamos a la otra persona de que vamos a grabar la conversación (ya estemos hablando cara a cara, por teléfono o por videollamada) y esta nos da su consentimiento, no va a haber ningún problema legal. De hecho, es lo que suelen hacer los teleoperadores cuando nos llaman para ofrecernos servicios de luz, telefonía, etc.

La duda surge cuando la grabación se efectúa sin que lo sepa quien está siendo grabado. Por ejemplo, si vamos a una conferencia y usamos nuestro móvil para registrar todo lo que se diga, o si hemos instalado un sistema de grabación en nuestro móvil para que grabe todas las llamadas.

Grabaciones propias

La clave para diferenciar entre grabaciones legales o ilegales está en si son conversaciones propias o ajenas. Si eres tú quien está usando el móvil, una grabadora o dispositivo espía para dejar constancia de lo que se dice en una conversación en la que intervienes, no hay ningún problema. De hecho, la ley no exige que pidas consentimiento a la otra persona ni le informes de lo que estás haciendo.

El propio Tribunal Supremo ha ratificado en más de una ocasión que en este caso no hay una vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones, ya que este no se puede ejercer frente a los intervinientes en la conversación.

es legal grabar una conversacion

Por tanto, si grabas una conversación en la que participas, no estás cometiendo ninguna ilegalidad ni vulnerando ningún derecho. Otra cosa es que des difusión pública del contenido grabado, en ese caso sí habría un ataque contra el secreto de las comunicaciones e incluso puede que contra el honor o la intimidad de la otra persona, en función de qué temas se hayan tratado.

Sin embargo, si la grabación la has captado legalmente sí puedes usarla como prueba en un juicio sin que esto suponga una vulneración de derechos. Luego veremos cómo.

Una pregunta muy repetida entre los divorciados (o a punto de serlo) es si pueden grabar a su pareja y aportar estas grabaciones a modo de prueba en un juicio de divorcio, o un uno sobre custodia de los hijos,  pensión de alimentos, la pensión compensatoria… La respuesta es la misma, siempre y cuando ambos hayan participado en esa conversación no hay problema. Ahora bien, si grabas a tu cónyuge hablando con otra persona y tú no estas participando en esa conversación ni tienes consentimiento para hacerlo, la prueba no servirá de nada y, además, podrías enfrentarte a consecuencias legales grabes como veremos en los siguientes puntos. 

Grabaciones ajenas

Lo que siempre es ilegal, y además vulnera directamente el derecho al secreto de las comunicaciones recogido en la Constitución, es grabar una conversación ajena en la que no estamos participando.

Por ejemplo, si llevas una grabadora al trabajo y la dejas en una sala de juntas cuando se celebra una reunión en la que tú no estás presente. O si estás en una cafetería y decides grabar la conversación que tiene la pareja sentada en la mesa de al lado.

En estos casos se trata de un tercero que intercepta un mensaje que no va destinado a él, por lo que se está cometiendo un delito. Si además se da difusión pública del contenido captado, las consecuencias legales pueden llegar a ser muy graves.

Uso de grabaciones como medio de prueba

Partiendo de que es legal grabar una conversación si se es parte de la misma, cabe plantearse si estos archivos de audio pueden utilizarse como medio de prueba en un procedimiento judicial. En este tema la jurisprudencia se inclina hacia la aceptación de este medio probatorio, siempre y cuando se cumplan unos requisitos.

es legal grabar una conversacion

Como decíamos, es necesario que quien ha realizado la grabación estuviera participando de forma activa en la conversación. Además, esta debe hacerse en un lugar público. Si se graba en un lugar privado hay que tener autorización o consentimiento del titular de ese sitio para grabar.

Se exige además que no exista provocación, engaño o coacción por parte de quién graba para conseguir que la otra parte diga algo que pueda incriminarla.

Argumentación de la parte contraria

Si pretendemos presentar una grabación legítimamente obtenida en un juicio, seguramente nos vamos a encontrar con que la otra parte va a intentar hacer todo lo posible para que la prueba no sea admitida. Básicamente porque se trata de un medio probatorio que no suele dejar lugar a dudas.

Lo más habitual en estos casos es alegar que ha habido una vulneración de la Ley de Protección de Datos, al haber usado los datos obtenidos en la grabación sin consentimiento de la persona grabada.

Sin embargo, la propia legislación sobre protección de datos destaca que no hay necesidad de obtener el consentimiento del afectado para el tratamiento de datos si hay un interés legítimo. Dado que queremos usar la grabación como prueba en un juicio y no queremos que la otra parte lo sepa hasta que el proceso haya empezado, está claro que aquí hay un interés legítimo que justifica no pedir su consentimiento para el tratamiento de datos.

Confesión Voluntaria vs. Involuntaria

Vayamos un paso más allá e imaginemos que lo que conseguimos grabar es la confesión de un delito. ¿Qué ocurre entonces?

Si la otra parte ha hecho la confesión de forma totalmente voluntaria, esa grabación se podrá usar sin ningún problema en un juicio. El conflicto surge cuando es una confesión involuntaria.

Herencias con y sin testamento

A esto es precisamente a lo que se refiere la jurisprudencia cuando señala que no debe haber ningún tipo de coacción o amenaza por parte de quien graba, porque en ese caso estaremos ante una confesión dada de forma involuntaria que no podrá ser usada como prueba.

Diferentes dictámenes del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo señalan que tanto la espontaneidad como la buena fe son requisitos indispensables para que se pueda tener en cuenta como prueba una grabación en la que una persona confiesa haber cometido o participado en un delito.

En conclusión:

  • – Puedes hacer una grabación de voz e incluso de vídeo de todas las conversaciones en las que participes.
  • – No es necesario que avises a los otros intervinientes ni recabes su consentimiento.
  • – No puedes difundir el contenido grabado.
  • – No puedes grabar conversaciones de las que no seas parte.
  • – Si la grabación la has obtenido de forma legal, puedes usarla como prueba en un juicio.

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