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como poner una denuncia

¿Qué es y cómo poner una denuncia?

Autor: e-bogados 11/03/2021
0 Comentario

En e-bogados.com sabemos que el lenguaje jurídico suele ser muy complejo y confuso, lo que hace que podamos llegar a no entender muchos términos o simplemente los confundamos. En el artículo de hoy vamos a intentar explicaros qué es una denuncia y las diferencias que tiene con otros términos como demanda o querella con los que la gente los suele confundir.

Vamos a empezar definiendo lo que es una denuncia y la finalidad de poner una denuncia. Después desarrollaremos el tema en profundidad y veremos como interponer una denuncia.

¿Qué es una denuncia?

Básicamente, denunciar es poner en conocimiento de la autoridad competente un hecho (o una omisión) que, a priori, se presume como contrario a la Ley, en otras palabras, es informar de que se ha cometido algo que creemos que es ilegal a las instituciones que se encargan de velar por nuestra seguridad y justicia.

¿Cuándo puedo denunciar?

Puedes denunciar siempre que te consideres víctima, testigo o perjudicado de un hecho (u omisión) ilícito.

En el caso de los menores o personas incapacitadas, pueden presentar la denuncia los padres o el Ministerio Fiscal.

como poner una denuncia

¿Qué consigues poniendo una denuncia?

La denuncia es la forma más utilizada de iniciar un procedimiento judicial, por tanto, poniendo una denuncia persigues poner en conocimiento de las autoridades lo que tú crees que es la comisión de un delito para que los órganos pertinentes investiguen y juzguen esos hechos y, finalmente, un juez condene (o no) esos hechos que denunciaste.

¿Cómo y dónde se denuncia?

 Puedes hacerlo mediante alguna de las siguientes formas:

Por telefono

  • En el 902 102 112: Puedes denunciar telefónicamente ante la Policía Nacional si el delito o infracción que vas a denunciar es:
    • – Robo con fuerza en las cosas (en casas, establecimientos, oficinas o vehículos)
    • – Robo con violencia y/o intimidación (en la vía pública)
    • – Hurtos, extravíos, daños o estafas.
    •  
  • Una vez efectuada la denuncia telefónica, dentro del plazo de 48 horas, hay que acudir a una comisaria de la Policía Nacional, para ratificarla y firmarla si es correcta.
  •  
  • No se puede denunciar telefónicamente aquellos delitos o infracciones que requieran una intervención inmediata de la Policía (en estos casos hay que llamar al 091 o 112).

Por internet

  • En la Oficina Virtual de Denuncias (OVD). La dirección donde denunciar virtualmente ante la Policía Nacional es: https://denuncias.policia.es/OVD/ .
  •  
  • Dicho esto, solo se pueden denunciar virtualmente los siguientes hechos delictivos: 
  • a) Sustracción en domicilio y/o establecimiento; b) Sustracción/Recuperación de vehículo; c) Sustracción en interior de vehículo; d) Pérdida, sustracción, extravío de documentos (DNI, Pasaporte, etc.) o la recuperación de estos.
  •  
  • No se puede denunciar vía internet si eres menor de edad, tampoco si el hecho que se pretende denunciar se ha producido con violencia física o intimidación, si se tiene constancia de la existencia de testigo/s que pudieran haber presenciado el delito, si el autor del hecho es conocido o podría reconocerlo físicamente. Por último, tampoco se pueden denunciar a través de internet hechos de naturaleza violenta o sexual.
como poner una denuncia

En persona

  • En cualquier comisaría de Policía, cuartel de la Guardia Civil, juzgado de guardia español u oficina de Atención al Ciudadano (O.D.A.C.).  
  •  
  • En el siguiente enlace encontraras la comisaría de Policía más próxima a ti: policia.es/denunweb/denun_com.php
  •  
  • Si quieres poner una denuncia presencialmente puedes hacerlo por escrito, mediante la presentación de un escrito firmado por la persona que lo realiza, o también verbalmente contando los hechos ante un agente de la autoridad o funcionario que recoge esa manifestación de esos hechos denunciados por escrito.  A continuación, ambos debéis firmar todas las hojas de la denuncia.
  •  
  • Tanto en una denuncia verbal como en una escrita, la denuncia siempre debe estar firmada y se harán constar a través del Documento Nacional de Identidad (u otro documento identificativo) todos los datos necesarios para confirmar la identidad de la persona que presenta la denuncia.

Tipos de denuncia

Fundamentalmente hay dos clases:

Denuncias penales: Son aquellas denuncias en las que se comunica la perpetración de un delito o una falta penal de los que recogen las leyes. En muchos casos si no existe denuncia penal de la persona perjudicada por el presunto hecho delictivo, no se pueden investigar ciertos delitos ni tampoco la mayoría de las faltas penales.

Denuncias administrativas: Son aquellas denuncias en las que comunica un hecho u omisión que son contrarios a las leyes administrativas. Se tramitará la denuncia con la Administración Institucional competente.

¿Es la única vía de iniciar un procedimiento judicial?

No, hay tres formas de abrir procedimientos judiciales que se suelen usar como sinónimos a pesar de tener grandes diferencias en cuanto al tipo de «procedimiento judicial» que abren. Estas tres formas de iniciar procedimientos judiciales son demanda, denuncia y querella.

  • -la demanda abre un procedimiento en la jurisdicción civil o laboral (Por ejemplo: demanda de desahucio por incumplir el contrato de alquiler por no pagar o causar desperfectos, o también, demanda a tu empresa por no liquidarte bien el finiquito) 
  •  
  • – la denuncia y la querella abren un proceso penal, es decir, lo relativo a los delitos y las faltas.
Herencias con y sin testamento
¿Si tanto la querella como la denuncia abren procesos penales porque se llaman diferente?

Se llaman diferente porque no son estrictamente lo mismo.

La primera diferencia es:

  • La querella se hace por escrito siempre y va dirigida a un juez.
  • La denuncia puede hacerse verbalmente en la comisaría de Policía Nacional o en un cuartel de la Guardia Civil. También se puede poner por teléfono, por internet (aquí) o por escrito. A diferencia de la querella, la denuncia no sólo va dirigida a un juez, sino que también puede ir dirigida a la policía y al Ministerio Fiscal para que estos tomen las cartas en el asunto que estimen necesarias.

La segunda diferencia es:

  • el denunciante puede no intervenir personalmente como parte acusadora. Por el contrario, en la querella el querellante sí que actúa como parte acusadora.

Esto es, en una denuncia tú puedes denunciar un hecho que consideres que es delito, pero no tienes por qué ser ni parte de la acusación, ni víctima (aunque en muchos casos sí que lo sean).

Por ejemplo: has presenciado una puñalada en un lugar público, o una violación; acto seguido lo denuncias ante la Guardia Civil y después de que estos hagan averiguaciones y recaben pruebas que a la hora del juicio resultan ser determinantes, tú no tienes por qué comparecer en el juicio ni como acusación y puede que ni siquiera como testigo, simplemente diste la voz de alerta con la denuncia y la policía hizo el resto del trabajo.

¿Qué consecuencias tiene formular una denuncia falsa?

El artículo 456 del Código Penal castiga con penas de prisión o multa a los que con conocimiento de su falsedad denuncien haber sido víctimas de un hecho delictivo o acusen falsamente a otras personas como autores de infracciones penales.

La persona que ha sido denunciada falsamente puede, a su vez, denunciar o querellarse por injurias o calumnias contra el que formuló la falsa denuncia.

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